Alcanza Gestión | Elección del Presidente de la comunidad de propietarios, plazos, funciones, normativa ley propiedad horizontal, vecinos, obligaciones. Cambio presidente
El artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal determina la forma en la que se designará al presidente de la comunidad. Elección del presidente de la comunidad de propietarios. ¿como funciona? duda, consulta.
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El presidente de la comunidad de propietarios, nombramiento, plazos, funciones y limitaciones

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El presidente de la comunidad de propietarios forma parte de los órganos de gobierno de la comunidad junto con la Junta de Propietarios, el secretario y el administrador. EL artí­culo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) contesta a las siguientes cuestiones:

¿Como se elige al presidente de la comunidad de propietarios?

El presidente será nombrado entre los propietarios de la comunidad y puede hacerse por elección, o subsidiariamente mediante turno rotatorio o sorteo (Art. 13.2 LPH).

La jurisprudencia dice que el acuerdo de nombrar un presidente no propietario es nulo de pleno derecho.

¿Es obligatorio aceptar el cargo de presidente?

El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez, en el plazo de un mes desde su acceso al cargo, quien determinará si se sustituye al propietario que ejercerá el cargo o no. (Art. 13.2 LPH)

El Juez ordenará el relevo en el cargo cuando existan circunstancias excepcionales que de alguna manera impidan el ejercicio del cargo o lo dificulten de manera que comprometa la buena marcha de la comunidad.

¿Cual es la función del presidente?

El presidente de la comunidad, ostentará legalmente la representación de la comunidad en juicio, y fuera de el, en todos los asuntos que la afecten (Art. 13.3 LPH).

¿Es obligatorio nombra vicepresidente?

El nombramiento de vicepresidente es opcional, y en caso de hacerse se realizará por el mismo procedimiento que para la designación de presidente (Art. 13.4 LPH).

¿Cuál es la función del vicepresidente?

El vicepresidente sustituye al presidente en caso de ausencia, vacante, o imposibilidad de este, y le asiste en los términos que decida la Junta de Propietarios (Art. 13.4 LPH).

¿El presidente será también secretario y administrador de la comunidad?

Las funciones de secretario y administrador recaerá en el presidente, salvo que los estatutos o la junta de propietarios dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia (Art. 13.5 LPH).

¿Para cuanto tiempo se nombra al presidente y vicepresidente de la comunidad?

El nombramiento es para un año, salgo que los estatutos dispongan lo contrario, aunque los designados podrán ser removidos de su cargo antes de finalizar dicho plazo por acuerdo de la junta de propietarios convocada en junta extraordinaria. (Art. 13.7 LPH).

¿Puede ser presidente o vicepresidente un propietario moroso?

El propietario moroso puede ser nombrado presidente o vicepresidente, ya que la única limitación que se establece la Ley de Propiedad Horizontal por no estar al corriente de pago es perdida del derecho a voto.